miércoles, 2 de septiembre de 2015

cuatro encuestas para octubre

1) Según Management & Fit, que realizó un sondeo sobre 2400 casos a pedido del diario Clarín, el 39,3% votaría por Scioli, que le saca ocho puntos de ventaja Macri que obtendría el 31,2%, seguido por Massa con 18,3%; Margarita Stolbizer (Progresistas) con 4,4%; Adolfo Rodríguez Saá  con 2,7%; y Nicolás del Caño con 2,2%. El 1,3%, en tanto, votaría en blanco. El porcentaje de indecisos es alto: 13.8.
2) Para Aresco los números le dan ganador a Scioli en primera vuelta. El FpV se impondría por diez puntos a Cambiemos, con algo más del 40% para Scioli y del 30% para Macri. En el tercer lugar sigue UNA, con Massa cerca del 17%
3) Para Ibarómetro (su relevamiento es anterior, del 19 y 20 de agosto) la proyección de voto lo ubica a Scioli por encima de los 40 puntos (40,7%), pero la distancia contra Macri (35,7%). Tercero aparece Massa 15,7%, cuarta Stolbizer 4,7%, quinto Del Caño (1,2%) y sexto Rodríguez Saá (1%).
4) Para González y ValladaresScioli y Macri irían a ballottage. El sondeo le da 35,1% de intención de voto al representante del FpV y 27,8 al de CambiemosSergio Massa quedaría en tercer lugar con un 21,7%.
5) Como podemos observar, hay para casi todos los gustos. 

hay que prohibir al peronismo

Hoy que se siente en el aire el retorno del antiperonismo. Recordemos uno de los capítulos mas llamativo del intento de desperonizar a los argentinos. 
Previamente no les alcanzó con el bombadeo a Plaza de Mayo que causó la muerte de más de 300 personas desarmadas y 800 mutilados. No les alcanzó con dar el golpe de Estado el 16 de septiembre del 55.
Tenían que ir por más. Los ilusos creyeron que con el Decreto Ley 4161 sancionado por la dictadura militar que gobernaba de facto, establecerían el fin del movimiento encarnado en el corazón del pueblo.
El 5 de marzo de 1956, mediante ese decreto se prohibía cualquier tipo de elementos de afirmación ideológica, militancia o propaganda peronista.
Veamos qué lindo, republicano e inteligente qué era:

Visto el decreto 3855/55 (6) por el cual se disuelve el Partido Peronista en sus dos ramas en virtud de su desempeño y su vocación liberticida, y
Considerando: Que en su existencia política el Partido Peronista, actuando como instrumento del régimen depuesto, se valió de una intensa propaganda destinada a engañar la conciencia ciudadana para lo cual creo imágenes, símbolos, signos y expresiones significativas, doctrinas, artículos y obras artísticas:
Que dichos objetos, que tuvieron por fin la difusión de una doctrina y una posición política que ofende el sentimiento democrático del pueblo Argentino, constituyen para éste una afrenta que es imprescindible borrar, porque recuerdan una época de escarnio y de dolor para la población del país y su utilización es motivo de perturbación de la paz interna de la Nación y una rémora para al consolidación de la armonía entre los Argentinos.
Que en le campo internacional, también afecta el prestigio de nuestro país porque esas doctrinas y denominaciones simbólicas, adoptadas por el régimen depuesto tuvieron el triste mérito de convertirse en sinónimo de las doctrinas y denominaciones similares utilizadas por grandes dictaduras de este siglo que el régimen depuesto consiguió parangonar.
Que tales fundamentos hacen indispensable la radical supresión de esos instrumentos o de otros análogos, y esas mismas razones imponen también la prohibición de su uso al ámbito de las marcas y denominaciones comerciales, donde también fueron registradas con fines publicitarios y donde su conservación no se justifica, atento al amplio campo que la fantasía brinda para la elección de insignias mercantiles.
Por ello, el presidente provisional de la Nación Argentina, en ejercicio del Poder Legislativo, decreta con fuerza de ley
Art. 1º
Queda prohibida en todo el territorio de la Nación:
a) La utilización, con fines de afirmación ideológica peronista, efectuada públicamente, o propaganda peronista, por cualquier persona, ya se trate de individuos aislados o grupos de individuos, asociaciones, sindicatos, partidos políticos, sociedades, personas jurídicas públicas o privadas de las imágenes, símbolos, signos, expresiones significativas, doctrinas artículos y obras artísticas, que pretendan tal carácter o pudieran ser tenidas por alguien como tales pertenecientes o empleados por los individuos representativos u organismos del peronismo.
Se considerará especialmente violatoria de esta disposición la utilización de la fotografía retrato o escultura de los funcionarios peronistas o sus parientes, el escudo y la bandera peronista, el nombre propio del presidente depuesto el de sus parientes, las expresiones "peronismo", "peronista", " justicialismo", "justicialista", "tercera posición", la abreviatura PP, las fechas exaltadas por el régimen depuesto, las composiciones musicales "Marcha de los Muchachos Peronista" y "Evita Capitana" o fragmentos de las mismas, y los discursos del presidente depuesto o su esposa o fragmentos de los mismos.
b) La utilización, por las personas y con los fines establecidos en el inciso anterior, de las imágenes, símbolos, signos, expresiones significativas, doctrina artículos y obras artísticas que pretendan tal carácter o pudieran ser tenidas por alguien como tales creados o por crearse, que de alguna manera cupieran ser referidos a los individuos representativos, organismos o ideología del peronismo.
c) La reproducción por las personas y con los fines establecidos en el inciso a), mediante cualquier procedimiento, de las imágenes símbolos y demás, objetos señalados en los dos incisos anteriores.
Art. 2 º
Las disposiciones del presente decreto-ley se declaran de orden público y en consecuencia no podrá alegrarse contra ellas la existencia de derechos adquiridos. Caducan las marcas de industria, comercio y agricultura y las denominaciones comerciales o anexas, que consistan en las imágenes, símbolos y demás objetos señalados en los incisos a) y b) del art. 1º.
Los ministerios respectivos dispondrán las medidas conducentes a la cancelación de tales registros.
Art. 3 º
El que infrinja el presente decreto-ley será penado:
a) Con prisión de treinta días a seis años y multa de m$n: 500 a m$n. 1.000.000;
b) Además, con inhabilitación absoluta por doble tiempo del de la condena para desempeñarse como funcionario público o dirigente político o gremial;
c) Además, con clausura por quince días, y en caso de reincidencia, clausura definitiva cuando se trate de empresas comerciales.
Cuando la infracción sea imputable a una persona colectiva, la condena podrá llevar como pena accesoria la disolución.
Art. 4º
Las sanciones del presente decreto-ley será refrendado por el Excmo. Señor vicepresidente provisional de la Nación y por todos los señores ministros secretarios de Estado en acuerdo general.
Art. 5º
Comuníquese, dése a la Dirección General del Registro Nacional y archívese
Aramburu - Rojas - Busso - Podestá Costa - Landaburu - Migone. - Dell´Oro Maini - Martínez - Ygartúa - Mendiondo - Bonnet - Blanco - Mercier - Alsogaray - Llamazares - Alizón García - Ossorio Arana - Hartung - Krause.

Luego el peronismo demostró en los hechos que su adhesión no era por el "enorme aparato publicitario del estado": fue proscripto durante 18 años y cada vez reapareció con más fuerza.

el auto de stefanini: agreguemos un poco más de misterio

Leemos:
Un auto de alta gama que se encuentra a nombre de Damián Stefanini, el empresario desaparecido hace un año, fue encontrado abandonado en la zona turística de Paso de la Patria, Corrientes.
La policía local halló un Mini Cooper perteneciente al financista que no tienen pedido de secuestro.
Cabe recordar que la desaparición de Stefanini es investigado por la juez federal Sandra Arroyo Salgado, ex esposa del fiscal muerto, Alberto Nisman.
La jueza todavía tiene a su cargo la investigación judicial aún cuando se lo vincula a su ex esposo fallecido con el financista desaparecido, por el depósito de mas de 150 mil dólares en una cuenta no declarada en EEUU, que dio origen a una investigación por lavado de dinero.

los planes trabajar de macri

Repasemos:
1) La Usina Producciones, la compañía fundada hace tres años por Fernando Niembro, candidato del PRO a diputado por la provincia de Buenos Aires, proveyó de servicios al gobierno de Mauricio Macri por más de 21 millones de pesos en los últimos 3 años.
2) No cuenta con ninguna página de internet donde promocione sus servicios. Se convirtió en un importante proveedor de servicios del Estado porteño en los más diversos rubros, que van desde repartir volantes en la vía pública hasta la realización de encuestas de satisfacción, pero no se le conocen antecedentes empresariales.
3) Los más de 170 contratos fueron ocultados y no figuran en el Boletín Oficial, como tampoco hay registros de las remuneraciones por más de $ 800 mil que recibió uno de los hijos del comentarista de fútbol o los más de $ 7,6 millones cobrados por Alberto Meza, su socio en La Usina Producciones.
4) Niembro es una de las "caras nuevas" del  PRO que nos exigen a los argentinos que cambiemos. Candidato a diputado nacional por la provincia de Buenos Aires. 
5) Hasta el momento sólo Tiempo lo está poniendo a la luz. 

los bolsones del día

El twitter de la jornada subido por @Horacio246.
Foto 1: El presidente de la UCR, Ernesto Sanz y el ex candidato a gobernador de Tucumán, José Cano, repartiendo bolsones. 
Foto 2: Sanz y Cano denunciando la entrega de bolsones.
Hermosa postal.