La sala segunda del tribunal de apelaciones emitió un fallo con el que rechazó el recurso interpuesto por el gobierno porteño contra el pronunciamiento del juez de grado que había declarado la inconstitucionalidad de la norma, tal como lo reclamaban organizaciones sociales y políticas que pugnan por un espacio verde y público ribereño.
“Nuestra Constitución es clara en cuanto a la importancia que para ella poseen tal participación ciudadana, el derecho al ambiente y, en particular, el acceso al río. Esta última referencia, tan peculiar en una carta magna, habla a las claras del componente finalista que debe guiar toda interpretación de decisiones que puedan afectar ese acceso”, sostuvieron los jueces Fernando Lima y Mariana Díaz en el fallo al que accedió Télam.
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