1) La escala de cuánto deberán pagar los sujetos alcanzados según su patrimonio.☝
2) En el caso de bienes situados en el exterior las alícuotas son mayores.☝3) Si dentro de los 60 días posteriores a la entrada en vigencia de la ley la persona acepta repatriar, como mínimo, el 30% de esos bienes, quedará exenta de pagar el diferencial.
4) El destino que se le dará a la recaudación es el siguiente:
-Un 20% para la compra o elaboración de equipamiento médico, elementos de protección, medicamentos, vacunas e insumos de asistencia sanitaria.
-Un 20% para subsidios a micro, pequeñas y medianas empresas, “con el principal objetivo de sostener el empleo y las remuneraciones de sus trabajadores”.
-Un 20% para el programa de becas educativas Progresar, destinadas a estudiantes de todos los niveles.
-Un 15% para el Fondo de Integración Sociourbana, destinado a mejorar la calidad de vida en barrios populares.
-Un 25% a programas de exploración, desarrollo y producción de gas natural a través de Integración Energética Argentina S.A., “la cual viabilizará dichos proyectos proponiendo y acordando con YPF S.A., en forma exclusiva, las distintas modalidades de ejecución de los proyectos”.
6 comentarios:
maximo k y otros politicos tendran que pagar el aporte solidario de esta no se salvan
Ya tiene media sanción la ley, 133 a 115, anónimo 21.06. Dedica a pensar un poco màs.
21:06 en tu pta vida vas a tener que pagar ese impuesto, muerto de habre, defensor de gorilas, sos la calse mas baja de ser humano conocido
resentido k 20.48 sos tan ignorante y se escribe hambre no habre ni siquiera teminaste la primaria y encima sos un cag. de hambre basura k
07.04 seguramente deberas ser una jubilada que voto a los k jodete por bol........... JA JA JA JA JA
Ya está, trollos macristas. Ya perdieron.
Otra vez. ¡JUÁ JUÁ JUÁ JUÁ!
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