Comunicado:
El titular del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 49, Dr. Facundo Cubas, ante el estado público que adquirió la causa iniciada el día de ayer con intervención de la Comisaría 25 de la Policía Federal Argentina, informa los motivos que justificaron que su trámite prosiga con el imputado en libertad.
En tal sentido, en el caso no se presentan ninguno de los riesgos procesales previstos en la ley que hubieran permitido el dictado de la prisión preventiva, dado que el justiciable no posee antecedente condenatorio alguno, se constató que vive donde indicó y no registra ningún pedido de capturadispuesto por otro Tribunal. Además, las características del hecho y su encuadre legal -robo en grado de tentativa, artículos 42 y 164 del Código Penal-, tampoco autorizan la prisión preventiva.
Bajo tales condiciones, se aplicó el trámite de instrucción sumaria a cargo del fiscal, como así lo impone el artículo 353 bis del Código Procesal Penal de la Nación. De tal modo, adoptar una decisión distinta hubiera significado violentar las normas que para estos hechos estipulan la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales suscriptos por nuestro país y el mencionado Código Procesal.
¿Y entonces?.
Bajo tales condiciones, se aplicó el trámite de instrucción sumaria a cargo del fiscal, como así lo impone el artículo 353 bis del Código Procesal Penal de la Nación. De tal modo, adoptar una decisión distinta hubiera significado violentar las normas que para estos hechos estipulan la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales suscriptos por nuestro país y el mencionado Código Procesal.
¿Y entonces?.
8 comentarios:
Codigo Procesal Penal ¡ojota!
Anónimo 1336, en la causa se aplica los art. 42 y 164 del CP vigente, que no preveen la prisión preventiva.
Es bueno y sería muy interesante que se viralice esta cuestión sobre la reforma del código. Acentuando que la reforma este tipo de delitos son de prisión efectiva con diversa variantes. Pero lo debería explicar alguien que sepa y mucho sobre el tema, Carles por ej.
Procesal a partir del Código Penal vigente.
Excelente oportunidad para que se salga de verdad y con autoridad a explicar el anteproyecto de nuevo codigo penal.
Como dice Anonimo 14.01
Buen post. se agradece.
No entiendo ¿ustedes piden un Código Penal (o procesal) mucho más duro? buenísimo, los había prejuzgado, estamos de acuerdo, duro con las lacras delincuentes, cárcel para la inmundicia.... sobre todo si los agarran in fraganti, no hace falta juicio.
Bravo muchachos, nos estamos poniendo de acuerdo.
Alcides siempre confundido. Así es difícil hacer tu laburo: eso de andar confundiendo...Cuida tu fuente laboral.
"Señora de ojos vendados" se cantaba hace años...
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