Con un fallo que sienta jurisprudencia, la Corte Suprema de Justicia resolvió por unanimidad que las mujeres violadas, sean normales o insanas, podrán practicarse un aborto sin necesidad de autorización judicial previa ni temor a sufrir una posterior sanción penal. También estará exento de castigo el médico que practique la intervención.
La sentencia se dictó en el caso de una adolescente de 15 años, identificada como
A.G. para preservar su intimidad, que había sido abusada por su padrastro, un oficial mayor de la policía de Chubut. En 2010, la joven, que finalmente se sometió a la operación, fue eximida de pena por el Superior Tribunal de esa provincia, y hoy la Corte Suprema, que preside
Ricardo Lorenzetti confirmó la decisión.
El máximo tribunal interpretó el Código Penal diciendo que
"no resulta punible la interrupción del embarazo proveniente de toda clase de violación y que cualquier caso de aborto no punible no está supeditado a un trámite judicial".