domingo, 21 de noviembre de 2010
otro fallo contra fibertel
Leemos:
La jueza federal María José Sarmiento rechazó el pedido de amparo presentado contra el Estado Nacional que pide la declaración de inconstitucionalidad de la resolución 100 que dio de baja la licencia de prestación de servicio de internet de la firma Fibertel. En el fallo, la jueza señaló que los "perjuicios" que provoca la decisión del Gobierno nacional, según la solicitante del amparo, María Cristina Menéndez Behety, clienta de Fibertel, "no han sido acreditados en autos". La jueza tuvo en cuenta la resolución que siguió a la baja de la licencia de Fibertel, la número 102, en la que el Gobierno asegura la "gratuidad" en el traspaso de prestadores para los usuarios de la firma de internet del grupo Cablevisión....
La jueza también señaló en el fallo que en la ciudad de residencia de la demandante figuran 38 prestadores alternativos a su proveedor actual de internet (Fibertel).
Menciona que "con el dictado de las resoluciones 100/10 y 102/10 se ha buscado el resguardo del bien común, por lo que ante la eventual afectación particular de un interés de la actora, este debe ceder ante el interés público", y recuerda que "quien intente acceder a la instancia judicial debe acreditar conjuntamente ilegalidad y perjuicio".
Señala además que la demandante "ha omitido mencionar la resolución 102/10 que garantiza la efectiva tutela de los derechos de los usuarios, asegurando la gratuidad en el traspaso de prestadores. En consecuencia no se vislumbra perjuicio alguno para la actora".
Además señala que "la decisión adoptada por la Secretaría de Comunicaciones hace aplicación de la normativa legal imperante en la materia, y no puede solayarse el cumplimiento de la misma, toda vez que la aplicación de la normativa referida no ha sido cuestionada por la actora".
"Como consecuencia de lo expuesto -agrega el fallo- cabe concluir que no surge acreditada en autos la arbitrariedad o ilegalidad que quien acciona le imputa al obrar administrativo".
También menciona que "respecto de la pérdida de dominio de la dirección de correo electrónico, a criterio de quien suscribe, tampoco se ha probado que conlleve un perjuicio, toda vez que para desprenderse del mismo la autoridad de aplicación ha estipulado un plazo razonable (90 días)".
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6 comentarios:
oh noooooooo y ahora que hara pino ??????? subira las banderas fibertel o muerte????????? todos con fibertel hasta la victoria siempre???? pobre pino no pega unaaaaaaaaaaaaa
POr favor, una cosa es ser oficialista, otra muy distinta es caer en el ridículo.
¿Se garantiza la gratuidad en el traspaso?
Por favor ¿garantizan también las mismas condiciones técnicas y el mismo costo del servicio?
¿Hay 38 prestadoras alternativas?
No entiendo ¿Cuál es el problema con la licencia entonces?
¿Dejaron crecer un negocio hasta tener más de un millón de clientes y ahora viene el gobierno a esgrimir cuestiones formales?
Lo del cambio de la dirección de mail es muy gracioso, la señora jueza piensa que con 90 días alcanza.
Claro, el trabajo que implica, dar a conocer a TODOS los contáctos la nueva dirección, que esos contáctos a su vez modifiquen el perfil de sus agendas de direcciones, reimpresión de trajetas y folletería... bueno, se ve que alguna gente nunca cambió de número telefónico y los problemas que trae.
(Alcides Acevedo)
Qué curiosa es la Historia ¿no le parece,José? Esta señora María Cristina Menéndez de Franza que pide un amparo en contra del Estado Nacional es la bisnieta de María Behety -de los franceses Montevideanos que nos invadieron en 1845- y de José Menéndez, el mismo que de un saque exterminó a 412 onas y en cuyo campo La Anita están sepultados los 1500 rebeldes de la Patagonia. Todo tiene que ver con todo, como dice Pancho. http://www.mindixenes.org/spip.php?article50
Curiosa y qué bueno tener a quiénes nos motivan para releer la verdadera historia.
que jueza sarmiento? la que puteaban la otra vez? ahora es buena?
¿Quién dijo que era buena?
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